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Concepto de Arrendamiento Operativo
Segundo las NIC - Normas Internacionales de Contabilidad, el arrendamiento
operativo es cualquier acuerdo de arrendamiento distinto al
arrendamiento financiero.
REAL DECRETO 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el
Plan General de Contabilidad .
Se trata de un acuerdo mediante el cual el
arrendador conviene con el arrendatario el derecho a usar un activo
durante un periodo de tiempo determinado, a cambio de percibir un
importe único o una serie de pagos o cuotas, sin que se trate de un
arrendamiento de carácter financiero.
Los ingresos y gastos, correspondientes al
arrendador y al arrendatario, derivados de los acuerdos de arrendamiento
operativo serán considerados, respectivamente, como ingreso y gasto del
ejercicio en el que los mismos se devenguen, imputándose a la cuenta de
pérdidas y ganancias.
El arrendador continuará presentando y
valorando los activos cedidos en arrendamiento conforme a su naturaleza,
incrementando su valor contable en el importe de los costes directos del
contrato que le sean imputables, los cuales se reconocerán como gasto
durante el plazo del contrato aplicando el mismo criterio utilizado para
el reconocimiento de los ingresos del arrendamiento. Cualquier cobro o
pago que pudiera hacerse al contratar un derecho de arrendamiento
calificado como operativo, se tratará como un cobro o pago anticipado
por el arrendamiento que se imputará a resultados a lo largo del periodo
de arrendamiento a medida que se cedan o reciban los beneficios
económicos del activo arrendado.
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