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Concepto de Parte vinculada
Segundo las NIC - Normas Internacionales de Contabilidad, una
parte se considera vinculada con la entidad si dicha parte:
(a) directa, o indirectamente a través de uno o más intermediarios:
(i) controla a, es controlada por, o está bajo control común con, la
entidad (esto incluye dominantes, dependientes y otras dependientes de
la misma dominante);
(ii) tiene una participación en la entidad que le otorga influencia
significativa sobre la misma;
(iii) tiene control conjunto sobre la entidad;
(b) es una asociada (según se define en la NIC 28 Inversiones en
entidades asociadas) de la entidad;
(c) es un negocio conjunto, donde la entidad es uno de los partícipes
(véase la NIC 31 Participaciones en negocios conjuntos);
(d) es personal clave de la dirección de la entidad o de su dominante;
(e) es un familiar cercano de una persona que se encuentre en los
supuestos (a) o (d);
(f) es una entidad sobre la cual alguna de las personas que se encuentra
en los supuestos (d) o (e) ejerce control, control conjunto o influencia
significativa, o bien cuenta, directa o indirectamente, con un
importante poder de voto; o
(g) es un plan de prestaciones post-empleo para los trabajadores, ya
sean de la propia entidad o de alguna otra que sea parte vinculada de
ésta.
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