Ciencias Económicas y Comerciales Contabilidad
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NIC 1 - Normas Internacionales de Contabilidad
Auteur: Paulo Nunes - Economista y Profesor Date: 07/03/2009
Contribuciones:
- Resumen: Normas internacionales de contabilidad. más Palabras llaves: NIC, IAS, contabilidad |
NIC 1 - Normas Internacionales de Contabilidad |
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NORMA INTERNACIONAL DE
CONTABILIDAD Nº 1 ESTRUCTURA Y CONTENIDO Estado de cambios en el patrimonio neto 96 La entidad presentará un estado de cambios en el patrimonio neto que mostrará: a) el resultado del ejercicio; b) cada una de las partidas de ingresos y gastos del ejercicio que, según lo requerido por otras normas o interpretaciones, se haya reconocido directamente en el patrimonio neto, así como el total de esas partidas; c) el total de los ingresos y gastos del ejercicio [calculado como la suma de las letras a) y b) anteriores], mostrando separadamente el importe total atribuido a los tenedores de instrumentos de patrimonio neto de la dominante y a los intereses minoritarios, y d) para cada uno de los componentes del patrimonio neto, los efectos de los cambios en las políticas contables y en la corrección de errores, de acuerdo con la NIC 8. Un estado de cambios en el patrimonio neto que incluya solo esas partidas recibirá la denominación de estado de ingresos y gastos reconocidos. 97 La entidad presentará también, en el estado de cambios en el patrimonio neto o en las notas: a) los importes de las transacciones que los tenedores de instrumentos de patrimonio neto hayan realizado en su condición de tales, mostrando por separado las distribuciones acordadas para los mismos; b) el saldo de las reservas por ganancias acumuladas (ya se trate de importes positivos o negativos) al principio del ejercicio y en la fecha del balance, así como los movimientos del mismo durante el ejercicio, y c) una conciliación entre los importes en libros, al inicio y al final del ejercicio, para cada clase de patrimonio aportado y para cada clase de reservas, informando por separado de cada movimiento habido en los mismos. 98 Los cambios en el patrimonio neto de la entidad, entre dos balances consecutivos, reflejarán el incremento o disminución sufridos por sus activos netos. Si se prescinde de los cambios producidos por causa de las operaciones con los tenedores de instrumentos financieros de patrimonio neto, actuando en su condición de tales (como por ejemplo las aportaciones de capital, las recompras por la entidad de sus propios instrumentos de capital y los dividendos) y de los costes de esas transacciones, la variación experimentada por el valor del patrimonio neto representará el importe total de los ingresos y gastos, incluyendo pérdidas o ganancias, generados por las actividades de la entidad durante el ejercicio (con independencia de si tales partidas de gastos e ingresos se han reconocido en el resultado del ejercicio, o si se han tratado directamente como cambios en el patrimonio neto).
99 Esta norma requiere que todas las
partidas de gastos e ingresos, reconocidas en el ejercicio, se incluyan
en el resultado del mismo, a menos que otra norma o interpretación
obligue en otro sentido. En otras normas se requiere que ciertas
pérdidas o ganancias (por ejemplo, las reservas de revalorización,
ciertas diferencias de cambio y las pérdidas o ganancias derivadas de la
revisión de valor de activos financieros disponibles para la venta, y
los correspondientes importes de impuestos corrientes y diferidos), se
reconozcan directamente como cambios en el patrimonio neto. Puesto que
es importante tener en cuenta todos los ingresos y gastos al evaluar los
cambios habidos en la posición financiera de la entidad entre dos
balances consecutivos, la norma requiere la presentación de un estado de
cambios en el patrimonio neto, donde se pongan de manifiesto los gastos
e ingresos totales, incluyendo
100 La NIC 8 requiere ajustes retroactivos
al efectuar cambios en las políticas contables, en la medida en que sean
practicables, excepto cuando las disposiciones transitorias en otra
norma o interpretación establezcan otra cosa. La NIC 8 también exige que
la corrección de errores se efectúe retroactivamente, en la medida en
que estas correcciones sean practicables. Los ajustes y las correcciones
retroactivas se efectuarán contra el saldo de las reservas por ganancias
acumuladas, salvo que otra norma o interpretación requiera el ajuste
retroactivo de otro componente del patrimonio neto. El párrafo 96, letra
d), exige revelar información en el estado de cambios del patrimonio
neto sobre los ajustes totales de cada uno de sus componentes derivados
de los cambios en las políticas contables y de la corrección de errores,
con expresión separada de unos y otros. Se revelará información sobre
estos ajustes relativa al
101 Los requisitos de los párrafos 96 y 97
podrán cumplirse de diferentes formas. Una de ellas consiste en
presentar un formato por columnas donde se concilien los saldos
iniciales y finales de cada partida del patrimonio neto. Un método
alternativo al anterior consiste en presentar un estado de cambios en el
patrimonio neto que contenga solo las partidas requeridas por el párrafo
96. Si se utiliza esta última alternativa, las partidas requeridas en el
párrafo 97 se presentarán en las notas.
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